

La donación no es más que el contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente una cosa u otro derecho de su patrimonio a otra persona que lo acepta (Art. 1.431 CCV).
Los romanistas modernos estiman que la donación es una manera general de adquirir que la donación no es un contrato.
La doctrina francesa la cual coloca la donación al lado del testamento, porque este y la donación son las únicas formas de disponer gratuitamente de los bienes. La diferencia está en que la donación se hace entre vivos y el testamento mortis causa; la donación es irrevocable y el testamento excepcionalmente si lo es.
La doctrina italiana que da la verdadera ubicación cuando dice que la donación es un contrato. El Código Civil Venezolano se asienta en la escuela italiana, porque entre nosotros es un contrato.
ELEMENTOS.
La donación presenta además de los elementos comunes a todos los contratos, tres elementos que le son particulares los cuales son...
